bifar 115 julio 2013 - page 26

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Bifar
Servicios
Colegiales
C
on carácter general, el percibo
de una pensión de jubilación
del sistema público de la Se-
guridad Social es compatible
con la propiedad de un negocio y con el
desempeño de las funciones inherentes
a esa propiedad. En la práctica, y con re-
lación a las PYMES, esto se viene tradu-
ciendo en que, si con ocasión de la jubi-
lación del trabajador autónomo, existía en
la empresa algún trabajador por cuenta
ajena (contratado por el trabajador autó-
nomo jubilado), se entiende que es éste
quien realiza el trabajo material en el que
consiste la actividad empresarial y el em-
presario jubilado desempeña, únicamen-
te, las tareas inherentes a la propiedad
del negocio, por lo que resulta compati-
ble el percibo de la pensión de jubilación
y la propiedad del negocio.
En las oficinas de farmacia, propiedad y
titularidad van indisolublemente unidas
(el artículo 2.1 de la
Ley de Ordenación
Farmacéutica para Aragón
[LOFA] dice:
“La titularidad de la autorización adminis-
trativa y la propiedad de una oficina de
farmacia son condiciones unívocas e in-
divisibles”; y el farmacéutico, titular y pro-
pietario de la oficina de farmacia, tiene le-
galmente atribuidas funciones y compe-
tencias profesionales que exceden, con
mucho, de las funciones inherentes a la
propiedad (el artículo 33 del reglamento
de la LOFA exige la presencia y actuación
profesional del farmacéutico titular en la
oficina de farmacia que es quien dirige
y es responsable personal y profesional-
mente de todas las actuaciones que rea-
lizadas en su oficina). Esta singularidad
de la oficina de farmacia provoca que la
compatibilidad del percibo de una pen-
sión de jubilación del Sistema de la Se-
guridad Social y la propiedad y titularidad
de una oficina de farmacia sea mucho
menos nítida y clara de lo que lo es en
otros sectores.
Ahora bien, en este año 2013 se ha intro-
ducido por el
Real Decreto Ley 5/2013,
de 15 de marzo, de medidas para favore-
cer la continuidad de la vida laboral de los
trabajadores de mayor edad y promover el
envejecimiento activo
una novedad: LA JU-
BILACIÓN ACTIVA. Consiste en que los tra-
bajadores (autónomos y por cuenta ajena)
pueden jubilarse y a la vez permanecer en
activo a todos los efectos. Las condiciones
son:
— SOLICITUD: En 2013 tener 65 años de
edad y 35 años y tres meses (o más)
cotizados.
— PENSIÓN A COBRAR: 50% de la pen-
sión que se le reconozca inicialmente.
— COTIZACIÓN: 9,6% de base reguladora
de la pensión.
— BENEFICIARIO: es considerado pen-
sionista a todos los demás efectos
(aportación para medicamentos, etc.).
— FINALIZACIÓN: cuando cesa en el tra-
bajo y termina la jubilación activa pasa
a percibir el 100% de la pensión recono-
cida.
Así pues, las opciones de compatibilizar
propiedad y titularidad de la oficina de
farmacia con el percibo de una pensión
de jubilación de Sistema de la Seguridad
Social se han visto ampliadas con ocasión
de las modificaciones normativas introdu-
cidas en marzo de 2013.
Por otro lado, existe también la posibilidad
de seguir trabajando y estando de alta en
el Régimen Especial de Trabajadores Au-
tónomos y no pagar cotización a la Segu-
ridad Social por estar EXENTO DE COTI-
ZAR (mientras se está de alta en el RETA y
exento de pago de las cuotas no se perci-
be pensión). Para ello, desde el 1 de enero
de 2013 se requiere encontrarse en alguno
de los siguientes supuestos:
• 65 años de edad y 38 años y 6 meses
de cotización.
• 67 años de edad y 37 años de cotiza-
ción.
l
La JUBILACIÓN activa
La Agrupación Mutual Aseguradora, única com-
pañía especializada en seguros de No Vida para
profesionales de la Sanidad, obtuvo en 2012 un
beneficio después de impuestos de 19,31 millo-
nes de euros, un 54% más que los 12,54 millones
de euros logrados el año anterior.
El doctor Diego Murillo, presidente de A.M.A., ha
presentado hoy las cuentas del ejercicio ante la
Asamblea General de la Mutua, que las aprobó
con el 99,58% de los votos. Las primas deven-
gadas por la Mutua al 31 de diciembre de 2012
ascendieron a 178,78 millones de euros, con un
descenso del 4,7%, debido sobre todo a los des-
cuentos sobre primas medias aplicados a asegu-
rados y a nuevas promociones.
Asimismo, la compañía redujo la siniestralidad ne-
ta de reaseguro un 8,2% el año pasado, hasta de-
jarla en 107,98 millones de euros, y disminuyó un
5,2% los gastos de explotación netos, que repre-
sentaron 21,37 millones de euros. De ese modo,
la cuenta técnica del seguro de A.M.A. alcanzó en
2012 un resultado positivo de 28,94 millones de
euros, superior en un 51,4% a los 19,12 millones
de euros de 2011.
En su informe ante la Asamblea, el presidente de
A.M.A. citó la “rigurosa política de vigilancia de
gastos y el control de la siniestralidad” como cla-
ves del “importante crecimiento de los beneficios”.
Asignó también especial relevancia al 5,2% de in-
cremento en la cifra de Colegios profesionales con
los que A.M.A. colabora, y que ya suman 283, así
como al alza del 6,3% en asegurados de Respon-
sabilidad Civil Profesional, ramo en el que la Mutua
es la empresa de referencia desde hace 18 años y
cuenta ya con más de 300.000 asegurados.
El presidente argumentó que esa buena evolución
ha permitido a la aseguradora apoyar a Colegios
e instituciones sanitarias con cerca de diez millo-
nes de euros, concedidos a través de la Mutua
y su Fundación. “Es una ayuda que el colectivo
sanitario se merece por el gran esfuerzo que está
realizando en momentos tan difíciles como los que
atraviesa la Sanidad Española, y ese apoyo a las
Instituciones Sanitarias es lo que nos diferencia de
cualquier otra compañía aseguradora”, expuso.
l
A.M.A aumenta
sus BENEFICIOS
un 54% más
Ángel Giner Bielsa.
Abogado-Secretario Técnico COF de Zaragoza
Ampliación de las opciones de compatibilizar
propiedad y titularidad de la oficina de
farmacia con el percibo de una pensión de
jubilación de la Seguridad Social.
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