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Bifar
El perjuicio económico que esta dispo-
sición ocasiona es enorme y su legali-
dad es más que dudosa. Existe un de-
creto, derivado de la Ley de Garantías,
que establece el margen de farmacias
y almacenes. Pero si un medicamento
se ha comprado a precio antiguo y se
debe vender a precio nuevo, ese mar-
gen no se respeta. Esto es muy perjudi-
cial para las farmacias pero resulta es-
pecialmente crítico para los almacenes
por dos motivos: el primero, porque los
almacenes no disponen de la informa-
ción de los nuevos precios hasta que
ya es demasiado tarde para planificar
(de hecho, cuando se publica el nue-
vo listado ya se han realizado pedidos
a los laboratorios que se recibirán en
la fase en que ya están en vigor los
nuevos precios) y el segundo porque,
al ser el margen de los almacenes so-
lamente el 7,6% del PVF, cualquier ba-
jada superior al 7,6% (la gran mayoría)
hace que el medicamento que ya está
en stock deba ser vendido a pérdidas,
a un PVF inferior al PVL al que fue com-
prado (en ocasiones, muy inferior). Si
un medicamento tiene un PVF antiguo
de 10
€
, el almacén lo habrá compra-
do al laboratorio por un PVL de 9,24
€
;
si ese medicamento baja el 40%, el
almacén ya no podrá venderlo a 10
€
sino a 6
€
por lo que en vez de ganar lo
que establece el decreto de márgenes
(0,76
€
) perderá 3,24
€
. Algo realmente
difícil de justificar…
La situación de la farmacia es algo me-
nos crítica porque dispone de un perío-
do para actuar sobre su stock desde
que conoce las bajadas hasta que se
aplican en su dispensación, pero está
sometida a la aleatoriedad de no saber
cuál va a ser su plazo de coexistencia
(entre 10 y 40 días). Y, en cualquier
caso, a todas las farmacias se les de-
precia algo de su stock.
Sorprende esta actuación del legisla-
dor, en primer lugar porque es eviden-
temente injusta y castiga a farmacias y
almacenes con un perjuicio mayor que
el beneficio que obtiene el SNS, pero
también porque puede tener conse-
cuencias sanitarias. En el actual esce-
nario, en el que almacenes y farmacias
no saben qué medicamentos van a ba-
jar, ni cuánto van a bajar, ni cuándo lo
harán, la única defensa que tienen es
afrontar los períodos en los que es po-
sible que se produzca la publicación en
el BOE con el mínimo stock posible, al
borde del desabastecimiento. En una
situación en la que cualquier existen-
cia puede depreciarse enormemente
en una fecha no conocida, el stock se
convierte en un riesgo y la solución lógi-
ca desde el punto de vista económico
es limitar las existencias drásticamente.
Solo la profesionalidad farmacéutica y
sanitaria de la farmacia y la distribución
ha hecho que esos temidos desabas-
tecimientos no se hayan producido,
aunque la legislación ha puesto todo
de su parte para que ocurran de forma
masiva.
Utilización de la dosis
diaria definida
La utilización de la dosis diaria definida
para el cálculo de precios de referencia
ha demostrado ser un criterio injusto
que puede acabar con medicamentos
o formas farmacéuticas muy útiles. La
forma como el Sistema de Precios de
Referencia se sirve de las dosis diarias
definidas es, en esencia, olvidar todo
lo que no es principio activo y buscar
el miligramo de principio activo más
barato del mercado, olvidando otros
costes (tamaño, dosis, galénica). Re-
sulta sencillo comprender que una caja
de 30 comprimidos de 20 mg contiene
la misma cantidad de principio activo
que seis cajas de 10 unidades de 10
comprimidos pero que su coste no es
el mismo que el total de esas seis cajas
(la caja grande lleva un prospecto en
vez de seis, un cartonaje externo en vez
de seis, dos o tres blisters en lugar de
seis, exige elaborar 30 comprimidos en
vez de 60, etc). Lo que haría el sistema
de dosis diarias definidas es calcular el
precio por miligramo (más exactamen-
te por dosis diaria definida, aunque en
la práctica viene a ser lo mismo) de la
presentación más barata y aplicarlo a
las más caras, despreciando el hecho
de que puede ser que éstas más ca-
ras tengan también más costes. Pero
si en estos casos de diferente tamaño
o dosis la diferencia de precios debido
a los costes no suele ser determinan-
te, en otros casos puede llegar a ser
dramática. Sirva como ejemplo lo que
ocurría con Mixtard 30 Innolet 100 UI/
ml 5 plumas precargadas de 3 ml en
el borrador de la Orden que se publicó
en abril.
Mixtard 30 Innolet 100 UI/ml 5 plumas
precargadas de 3 ml tenía un PVP IVA
de 38,84
€
. El proyecto de Orden de
Precios de Referencia lo incluyó en el
conjunto C373 Insulina Humana Paren-
teral, dentro del cual el medicamento
cuya dosis diaria definida era más ba-
rata era Humulina Regular 100UI/ml 1
vial 10ml solución, ya que por un PVP
IVA de 15,49
€
ofrecía 40 dosis diarias
definidas mientras que Mixtard sola-
mente contenía 5 dosis diarias defini-
das y costaba 38,84
€
. Es decir, como
Mixtard tiene ocho veces menos dosis
diarias definidas que la solución, según
la normativa debería tener un precio
ocho veces inferior. Esto llevaba a Mix-
tard 30 Innolet a un precio de referencia
de 15,49/8 = 1,94
€
aunque, al ser 1,94
un precio inferior al umbral mínimo (que
es 2,50
€
PVP IVA), Mixtard solamente
tendría que bajar desde 38,84
€
hasta
este umbral. Es decir, una bajada del
93,56%.
Lo visto en el párrafo anterior es la apli-
cación directa del decreto en materia
de precios. En él, el criterio de dosis
diaria definida olvida que hay otros
factores diferentes a los miligramos de
principio activo y decide que, si Mixtard
tiene ocho veces menos miligramos
que Humulina Regular, debe costar
ocho veces menos. No hace falta ser
farmacéutico para comprender que
este planteamiento es aberrante, por-
que ¿es lo mismo un frasco con 10 ml
de solución que 40 plumas precarga-
das? ¿son idénticas su seguridad y
comodidad de uso para el paciente?
¿son iguales los costes de fabricación?
Aplicar este criterio sin otras considera-
ciones habría llevado, probablemente,
a la desaparición de las plumas precar-
gadas por no poder alcanzar un precio
tan bajo que solo es posible en un en-
vase de 10 ml de solución.
Los anexos 5 y 6 de la orden
La parte más conocida del nuevo siste-
ma de precios de referencia es la que
Solo la profesionalidad farmacéutica y sanitaria
de la farmacia y la distribución ha hecho que esos
temidos desabastecimientos no se hayan producido