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Estos tipos donde se clasificarán pro-
ductos análogos serán la base para en
un futuro próximo elaborar un catálo-
go común de prestación ortoprotésica
adaptado a la realidad, de aplicación
en todo el territorio, de forma que los
usuarios tengan acceso a una presta-
ción de calidad a un coste sostenible
para el sistema sanitario público.
En paralelo a la realización de la carga
de sillas de ruedas, está previsto que
se vayan publicando sucesivamente
las resoluciones mediante las cuales se
desarrollarán las clasificaciones de or-
tesis, ortoprótesis especiales y prótesis
externas, de modo que las empresas
comunicarán al SIRPO los datos de los
restantes productos que comercializan.
Previsiblemente, antes del final de año
todas las resoluciones estarán publica-
das y las empresas estarán comunican-
do la información de todos los aparta-
dos de los productos ortoprotésicos. De
este modo, se podrá disponer a lo largo
de 2015 de los “tipos de productos” de
toda la prestación.
En la actualidad la prestación ortoproté-
sica común para todo el Sistema Nacio-
nal de Salud se define mediante los
grupos y subgrupos de productos del
anexo VI del Real Decreto 1030/2006.
Dicha norma preveía que cada admi-
nistración con competencias en la ges-
tión de esta prestación establecería sus
propios catálogos en desarrollo de este
anexo y los importes que abonarían por
cada uno de ellos en su ámbito. Dado
que la descripción de los subgrupos es
bastante genérica, ha dado lugar a que
las Comunidades hayan desarrollado
sus catálogos con diferencias, tanto en
el grado de detalle al que llegan al defi-
nir su contenido, como en el alcance
del mismo. Además, como cada una
lo ha desarrollado en un momento dis-
tinto en el tiempo, ha originado tam-
bién diferencias en los importes que
cada Comunidad abona al usuario
por dichos productos y en el grado de
novedad u obsolescencia de los pro-
ductos incluidos en cada catálogo.
El objetivo que persiguen las adminis-
traciones sanitarias con el SIRPO es
lograr información objetiva que les per-
mita actualizar y concretar la cartera
de servicios de prestación ortoproté-
sica mediante un catálogo común que
recoja con más concreción los tipos de
productos que todas las Comunidades
han de facilitar a los usuarios, de modo
que los catálogos que elaboren las dife-
rentes administraciones sanitarias sean
mucho más similares. De este modo se
avanzará sustancialmente en la homo-
geneidad en el contenido de la presta-
ción, en su eficiencia, en la mejora de
la atención sanitaria y en la equidad en
el acceso para todos los usuarios del
Sistema Nacional de Salud.
l
la realidad de la prestación en nuestro
país. El hecho de poder saber qué em-
presas están poniendo en el mercado
español sillas de ruedas y sus acce-
sorios y cuáles son las características
concretas de cada uno de los produc-
tos supone un importante paso ade-
lante en la gestión de esta prestación,
ya que las administraciones sanitarias
dispondrán de información acerca
del material del que están fabricadas,
desde cuándo están comercializadas,
cuánto pesan, cuáles son sus indica-
ciones, cuál es su precio, en qué ám-
bitos se comercializan, así como una
breve descripción de cada producto,
una foto o ilustración para poder física-
mente “ver” cómo es el producto, etc.
Todo ello permitirá al Ministerio de Sa-
nidad, Servicios Sociales e Igualdad,
en colaboración con las Comunidades
Autónomas, avanzar en el conocimien-
to de la prestación y podrán agrupar
todas aquellas sillas de ruedas que
tengan características similares en los
denominados “tipos de productos”.
El SIRPO será la base para en un futuro
próximo elaborar un catálogo común de
prestación ortoprotésica adaptado a la
realidad y de aplicación en todo el territorio
Reunión del Ministerio de Sanidad con las Consejerías.