BIFAR 113 enero 2013 - page 32

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Bifar
Servicios
Colegiales
Actualidad
farmacéutica
por medios distintos a los electrónicos,
informáticos y telemáticos en aquellos
supuestos en que hubiera obligación de
hacerlo por dichos medios.
Esta sanción será de 5.000 euros por
dato o conjunto de datos con un mínimo
de 10.000 euros en el caso de que se in-
cumpla la obligación de presentar la de-
Se excluye de la
limitación a los
pagos en efectivo
cuando ninguno de
los intervinientes en
la operación actúe en
calidad de empresario
o profesional, así
como a los pagos o
ingresos realizados
en entidades de
crédito
to de la Agencia Estatal de Administra-
ción Tributaria.
Se establece como nuevo supuesto de
infracción administrativa grave el incum-
plimiento de la limitación a los pagos en
efectivo. El sujeto infractor de esta san-
ción es tanto el pagador como el recep-
tor del pago y ambos responderán de
forma solidaria tanto de la infracción que
se cometa como de la sanción que se
imponga. El importe de la sanción será
del 25% de la cuantía pagada en efectivo
que exceda de la limitación.
Bienes en el extranjero
Se introduce una nueva obligación de in-
formación sobre los bienes y derechos
situados en el extranjero que deberá
cumplirse a partir del año 2013, en el pla-
zo que reglamentariamente se establez-
ca. La obligación de informar se extien-
de a quien tenga la consideración de titu-
lar real de los bienes cuando no coincida
con el titular jurídico. Se establece como
nuevo supuesto de infracción tributaria
muy grave el no presentar en plazo y pre-
sentar de forma incompleta, inexacta o
con datos falsos la declaración informa-
tiva sobre bienes y derechos situados en
el extranjero, así como su presentación
claración. En caso de presentación ex-
temporánea sin que medie requerimien-
to previo de la administración tributaria,
la sanción será de 100 euros por dato
o conjunto de datos, con un mínimo de
1.500 euros.
Además, con efectos a partir del 31 de
octubre de 2012, se incluye como nuevo
supuesto de ganancias de patrimonio no
justificadas en el Impuesto sobre la Ren-
ta de las Personas Físicas, la tenencia,
declaración o adquisición de bienes o
derechos respecto de los que no se haya
cumplido en plazo la obligación de infor-
mación establecida sobre determinados
bienes y derechos situados en el extran-
jero. Una vez finalizado el plazo, aque-
llos bienes o derechos que no hubieran
sido declarados en la mencionada obli-
gación de información, se considerarán
como una ganancia patrimonial no justifi-
cada en el IRPF, salvo que el sujeto pasi-
vo acredite que la titularidad de los mis-
mos se corresponde con rentas declara-
das o con rentas de ejercicios en los que
no disponía la condición de contribuyen-
te por este impuesto.
Medrano Asesores
SEGUROS DE AUTOS
A.M.A.
incorpora coberturas exclusivas en toda su gama de seguros de autos. Entre otras novedades, lanza un tarificador online y amplía ga-
rantías, servicios e indemnizaciones
A.M.A.
Seguros, la única compañía nacional especializada en seguros para profesionales sanitarios, ha mejorado las coberturas de sus cuatro
modalidades de seguro de autos. Además, ofrece un nuevo sistema de tarificación online que permitirá personalizar las cotizaciones a las nece-
sidades y medida de cada mutualista.
Entre otras ventajas, la mutua incorpora las siguientes:
l
Más garantías por pérdida total del vehículo. Ofrecerá un vehículo de sustitución por un periodo de 40 días en el supuesto de robo, y de 15
días en los de accidente e incendio.
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Valor venal mejorado un 15%. Además de garantizar el valor de nuevo del vehículo los dos primeros años, amplía el valor venal del mismo en
los dos años siguientes (tercero y cuarto) mejorándolo en un 15%.
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Doble indemnización por fallecimiento. Otra ampliación a destacar es que
A.M.A.
duplica ah ra la indemnización en el caso de fallecimiento
por accidente del conductor y su cónyuge con hijos menores a su cargo.
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Más días de vehículo de sustitución. Por su parte, la garantía de vehículo de sustitución que ofrece la modalidad Excelencia, también ofreci-
da opcionalmente en el resto de modalidades, incrementa su cobertura tanto en el tipo de vehículo como en los días de uso, proporcionando
una berlina durante 7 días en los casos de accidente y robo, y durante 4 días por avería, incluidos servicios de desplazamiento gratuito en la
recogida y entrega del vehículo.
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Cobertura por colisión con especies cinegéticas. Las modalidades básica y media amplían su ofertas con la contratación de garantía de daños
propios por colisión con especies cinegéticas.
Estas nuevas coberturas se añaden a las ya clásicas, entre las que destacan las ventajas asociadas a la amplia red de Talleres Preferentes, con
un 50% de descuento en la prima de la franquicia, parte único en daños de aparcamiento para las modalidades de todo riesgo sin franquicia, ve-
hículos de cortesía (sujetos a disponibilidad); prioridad en las peritaciones, y la mejor asistencia jurídica y el servicio de asistencia al damnificado,
con desplazamiento gratuito al destino que solicite.
Además,
A.M.A.
dispone del mejor sistema de reparación y sustitución de lunas del mercado: en taller, a domicilio o donde se halle estacionado
el vehículo, en el lugar que nos indique el mutualista.
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