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Servicios Colegiales
derivado de la venta de bienes mue-
bles (acciones, fondos de inversión,
etc.) o de bienes inmuebles.
Subsidio por desempleo para mayo-
res de 55 años
El Tribunal Constitucional ha anulado
por Sentencia 61/2018, de 7 de junio,
publicada en el BOE núm. 164 de
fecha 7 de julio de 2018, la disposición
que exigía como requisito para poder
acceder al subsidio por desempleo
para mayores de 55 años el carecer
de rentas familiares en el sentido de
que si el solicitante tenía cónyuge y/o
hijos menores de 26 años, o mayores
incapacitados o menores acogidos,
únicamente se entendería cumpli-
do el requisito de carencia de rentas
cuando la suma de las rentas de todos
los integrantes de la unidad familiar
así constituida, incluido el solicitante,
dividida por el número de miembros
que la componen, no superase el 75
por ciento del salario mínimo interpro-
fesional, excluida la parte proporcional
de dos pagas extraordinarias.
De este modo, se vuelve a la situa-
ción inicial, en la que solo se tenían
en cuenta las
rentas personales
a la
hora de conceder o no el acceso al
Mejora del porcentaje de viudedad
para mayores de 65 años
A partir del 1 de agosto de 2018 el
porcentaje aplicable a la base regula-
dora de la pensión de viudedad será
del 56%, cuando en la persona benefi-
ciaria concurran los siguientes requi-
sitos:
• Tener una edad igual o superior a 65
años.
• No tener derecho a otra pensión
pública española o extranjera.
• No percibir ingresos por la realiza-
ción de trabajos por cuenta ajena o
por cuenta propia.
• No disponer de rentas de capital
mobiliario o inmobiliario, ganan-
cias patrimoniales o rentas de acti-
vidades económicas, superiores a
7.347,99 euros/año.
• Desde el 1 de enero de 2019 el por-
centaje aplicable a la base regulado-
ra será del 60%.
En cuanto a los rendimientos a tener
en cuenta, son:
Rendimientos netos de activida-
des económicas
: rendimientos que
teniendo la consideración fiscal de
actividades económicas no corres-
pondan a trabajo por cuenta propia.
Rendimientos brutos de capi-
tal mobiliario:
intereses de cuentas
corrientes, libretas de ahorro, depósi-
tos y activos financieros, dividendos
y demás rendimientos de acciones y
similares.
Rendimientos netos de capital inmo-
biliario:
rentas derivadas de la titula-
ridad de bienes inmuebles, rústicos o
urbanos, distintos de la vivienda habi-
tual, por arrendamientos de los mis-
mos o concepto similar.
Ganancias patrimoniales:
saldo neto
positivo de las ganancias patrimonia-
les imputables al presente ejercicio,
subsidio. El Tribunal Constitucional
entiende que la fórmula de real decre-
to utilizada por el Gobierno en su día
no fue válida al no estar motivada por
razones de urgencia.
Paternidad
Con efectos del 5 de julio de 2018, se
ha modificado la prestación de pater-
nidad, de manera que el trabajador
tendrá derecho a la suspensión del
contrato por paternidad durante cinco
semanas, ampliables en los supues-
tos de parto, adopción, guarda con
fines de adopción o acogimiento múl-
tiples en dos días más por cada hijo a
partir del segundo.
El período de suspensión será ininte-
rrumpido salvo la última semana del
período total a que se tenga derecho,
que, previo acuerdo entre empresario y
trabajador, podrá disfrutarse de forma
independiente en otro momento den-
tro de los nueve meses siguientes a la
fecha de nacimiento del hijo, la reso-
lución judicial o la decisión adminis-
trativa, según los casos. Dicho acuer-
do se adoptará al inicio del período de
suspensión.
Últimas novedades en materia laboral
Medrano Asesores detalla a continuación los últimos cambios que afectan al
porcentaje de viudedad para mayores de 65 años, al subsidio por desempleo para
mayores de 55 años y las modificaciones en la prestación por paternidad.
Medrano Asesores
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