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Servicios Colegiales

derivado de la venta de bienes mue-

bles (acciones, fondos de inversión,

etc.) o de bienes inmuebles.

Subsidio por desempleo para mayo-

res de 55 años

El Tribunal Constitucional ha anulado

por Sentencia 61/2018, de 7 de junio,

publicada en el BOE núm. 164 de

fecha 7 de julio de 2018, la disposición

que exigía como requisito para poder

acceder al subsidio por desempleo

para mayores de 55 años el carecer

de rentas familiares en el sentido de

que si el solicitante tenía cónyuge y/o

hijos menores de 26 años, o mayores

incapacitados o menores acogidos,

únicamente se entendería cumpli-

do el requisito de carencia de rentas

cuando la suma de las rentas de todos

los integrantes de la unidad familiar

así constituida, incluido el solicitante,

dividida por el número de miembros

que la componen, no superase el 75

por ciento del salario mínimo interpro-

fesional, excluida la parte proporcional

de dos pagas extraordinarias.

De este modo, se vuelve a la situa-

ción inicial, en la que solo se tenían

en cuenta las

 rentas personales 

a la

hora de conceder o no el acceso al

Mejora del porcentaje de viudedad

para mayores de 65 años

A partir del 1 de agosto de 2018 el

porcentaje aplicable a la base regula-

dora de la pensión de viudedad será

del 56%, cuando en la persona benefi-

ciaria concurran los siguientes requi-

sitos:

• Tener una edad igual o superior a 65

años.

• No tener derecho a otra pensión

pública española o extranjera.

• No percibir ingresos por la realiza-

ción de trabajos por cuenta ajena o

por cuenta propia.

• No disponer de rentas de capital

mobiliario o inmobiliario, ganan-

cias patrimoniales o rentas de acti-

vidades económicas, superiores a

7.347,99 euros/año.

• Desde el 1 de enero de 2019 el por-

centaje aplicable a la base regulado-

ra será del 60%.

En cuanto a los rendimientos a tener

en cuenta, son:

Rendimientos netos de activida-

des económicas

: rendimientos que

teniendo la consideración fiscal de

actividades económicas no corres-

pondan a trabajo por cuenta propia.

Rendimientos brutos de capi-

tal mobiliario:

intereses de cuentas

corrientes, libretas de ahorro, depósi-

tos y activos financieros, dividendos

y demás rendimientos de acciones y

similares.

Rendimientos netos de capital inmo-

biliario:

rentas derivadas de la titula-

ridad de bienes inmuebles, rústicos o

urbanos, distintos de la vivienda habi-

tual, por arrendamientos de los mis-

mos o concepto similar.

Ganancias patrimoniales:

saldo neto

positivo de las ganancias patrimonia-

les imputables al presente ejercicio,

subsidio. El Tribunal Constitucional

entiende que la fórmula de real decre-

to utilizada por el Gobierno en su día

no fue válida al no estar motivada por

razones de urgencia.

Paternidad

Con efectos del 5 de julio de 2018, se

ha modificado la prestación de pater-

nidad, de manera que el trabajador

tendrá derecho a la suspensión del

contrato por paternidad durante cinco

semanas, ampliables en los supues-

tos de parto, adopción, guarda con

fines de adopción o acogimiento múl-

tiples en dos días más por cada hijo a

partir del segundo.

El período de suspensión será ininte-

rrumpido salvo la última semana del

período total a que se tenga derecho,

que, previo acuerdo entre empresario y

trabajador, podrá disfrutarse de forma

independiente en otro momento den-

tro de los nueve meses siguientes a la

fecha de nacimiento del hijo, la reso-

lución judicial o la decisión adminis-

trativa, según los casos. Dicho acuer-

do se adoptará al inicio del período de

suspensión.

Últimas novedades en materia laboral

Medrano Asesores detalla a continuación los últimos cambios que afectan al

porcentaje de viudedad para mayores de 65 años, al subsidio por desempleo para

mayores de 55 años y las modificaciones en la prestación por paternidad.

Medrano Asesores

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