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Bifar

A

fora

Los productos seguirán siendo de precio libre,

fijándose únicamente el IMF para los productos

que se dispensen con cargo al SNS. La fórmula

que se establece para calcular el importe final de

facturación de los productos que no son a medi-

da a partir del precio de venta de empresa, no

sólo tiene en cuenta éste, sino que se suma una

cantidad adicional que depende de la compleji-

dad de la adaptación del tipo de producto, que

puede llegar hasta los 120

, además del 30%

de margen que tienen los productos de menos

de 1.000

de precio de venta de empresa.

Prótesis externas

En la orden anteriormente citada se da un plazo

máximo de 6 meses para elaborar el catálogo

común de prótesis externas. Por ello, en estos

momentos se está trabajando en un Grupo redu-

cido de Comunidades Autónomas y expertos de

IMF para elaborar el catálogo común de prótesis

externas y fijar sus IMF. La propuesta elaborada

por el Grupo, que prácticamente ya está finali-

zada, se está analizando, como se hizo con los

demás epígrafes, con el sector ortoprotésico y

otros sectores implicados (audioprotesistas,

anaplastólogos, etc.).

Paralelamente se está valorando la repercusión

de la ampliación de la financiación de los com-

ponentes externos de los implantes cocleares

y de la edad de financiación para los audífo-

nos, para lo cual se han mantenido contactos

con los fabricantes de audífonos y de implantes

cocleares.

El catálogo común de prótesis externas se reco-

gerá en un nuevo proyecto de orden que comen-

zará su tramitación una vez se haya valorado

su contenido con el sector y las asociaciones

de usuarios, así como con las Comunidades

Autónomas, INGESA y Mutualidades de Funcio-

narios en el Comité asesor para la prestación

ortoprotésica.

En resumen, mediante estas dos órdenes se

dispondrá de un catálogo común más detalla-

do que permitirá soslayar las actuales diferen-

cias existentes originadas por el distinto grado

de desarrollo y actualización de los catálogos

de las Comunidades Autónomas, INGESA y las

Mutualidades de Funcionarios.

La concreción y actualización de la cartera de

servicios del Sistema Nacional de Salud será

una tarea permanente para adecuarse a los

avances tecnológicos, por lo que el Comité ase-

sor para la prestación ortoprotésica velará para

que se mantenga actualizado el catálogo común

a la luz de la evidencia científica disponible y de

las necesidades detectadas en la población.

l

E

l pasado 8 de abril se publi-

có la Orden SSI/566/2014

que crea el sistema

informatizado para la

recepción de comunicaciones

de productos ortoprotésicos al

Sistema Nacional de Salud (SIR-

PO) por parte de las empresas.

Mediante sendas Resoluciones de la

Dirección General de Cartera Básica de Ser-

vicios del Sistema Nacional de Salud y Farma-

cia se han establecido las clasificaciones de los

diferentes apartados de la prestación y la fecha

a partir de la cual las empresas podían comu-

nicar al SIRPO la información de los productos

ortoprotésicos.

Desde el 16 de junio de 2014 está disponible

en la web del Ministerio el SIRPO para que las

empresas fabricantes o importadoras comunica-

ran los datos de sus productos ortoprotésicos

que no sean a medida. No obstante, se ha pro-

ducido una escasa comunicación de la informa-

ción por parte de las empresas al SIRPO.

Catálogo Común

Por otro lado, se está tramitando la orden que

regulará el catálogo común de sillas de ruedas,

ortesis y ortoprótesis especiales, que recoge asi-

mismo las principales características de la pres-

tación y crea la Oferta de productos ortoprotési-

cos del Sistema Nacional de Salud.

En octubre de 2015 finalizó el trámite de audien-

cia de la orden. Se han recibido múltiples alega-

ciones que han sido valoradas y han dado lugar

a numerosas modificaciones y aclaraciones en

el texto del proyecto de orden:

• se han aumentado los importes máximos de

financiación (IMF) de aproximadamente un tercio

del total de Tipos de productos.

• se han incluido algunos nuevos Tipos de pro-

ductos y se han aumentado las indicaciones de

otros, como las de los cojines para la prevención

de úlceras o las de la silla de ruedas manual

autopropulsable y plegable de material ligero

para usuarios activos.

• se ha clarificado que las solicitudes de actua-

lización del catálogo pueden realizarlas las aso-

ciaciones de usuarios, las empresas, las socie-

dades científicas, etc.

Regulación ortoprotésica

Rosa Navarro Bonilla.

Presidenta de AFORA (Asociación de Farmacéuticos Ortopédicos de Aragón).

Actualmente está pendiente de pre-

sentarse el nuevo texto del proyec-

to de orden al Comité Consulti-

vo, al Consejo Interterritorial y al

Consejo de Estado, antes de fir-

marla el Ministro. La actual situa-

ción de gobierno en funciones ha

retrasado estas últimas fases de la

tramitación.

Es importante destacar de la orden los siguien-

tes aspectos:

En el futuro catálogo común hay 349 Tipos de

productos con características similares que jus-

tificarían IMF semejantes. Respecto al actual

contenido del catálogo común se han incluido

alrededor de 40 nuevos tipos de productos por

ofrecer ventajas asistenciales a los usuarios, y

se han excluido del catálogo algunos tipos de

productos que podrían estar obsoletos. No obs-

tante, se han mantenido algunos tipos, pese

a no ser ya apenas prescritos, porque existen

pacientes que los venían utilizando hasta ahora

y están habituados a su uso y, de este modo, se

les evitaban problemas a la hora de renovar los

artículos. Por tanto, desde la perspectiva de los

usuarios, que son los principales destinatarios

de esta regulación, la norma no sólo no supone

ningún recorte respecto a la situación actual,

sino que incluye nuevos tipos de productos.

En la Oferta se incluirán todos aquellos produc-

tos que estén clasificados en los tipos recogidos

en el catálogo común que no superen el IMF.

Los que lo superen podrán ser comunicados a

la Oferta para que las Comunidades Autónomas

dispongan de información que les permita hacer

efectiva su competencia de permitir que se faci-

liten productos que superen el IMF a los usua-

rios que los precisen abonando la diferencia. Se

pretende que la Oferta sea permanente, amplia

y variada para que estos casos sean excepcio-

nales, con el fin de evitar que los usuarios hayan

de abonar cantidades adicionales que podrían

suponer una traba para el acceso de las rentas

más bajas.

La creación de sistema de comunicaciones SIRPO

y la elaboración de un catálogo común, principales

novedades.

El catálogo común permitirá soslayar las actuales

diferencias originadas por el distinto grado de desarrollo

de los catálogos de las Comunidades Autónomas