editorial
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Ramón Jordán Alva
Presidente del COF de Zaragoza
“A lo largo de
la historia, ya
sea en piedra,
madera, papiro,
papel o soporte
informático, la
receta ha sido
siempre una
constante en el
mundo sanitario”
xiste un documento sanitario muy utilizado en el ámbito farmacéutico y
que es común, además, al mundo de los prescriptores, al de los pacien-
tes y en muchos casos, al de la administración publica. Me estoy refi-
riendo a la receta en todas sus facetas: médica, odontóloga, podóloga y
veterinaria. La receta no es un invento de hace poco. Buceando en la historia,
encontramos las primeras prescripciones escritas en la antigua Mesopotamia.
Esta información de la medicación prescrita no ofrecía muchos detalles, en
ocasiones venía acompañada de la forma de aplicación y del nombre de la
enfermedad que padecía el paciente. Los medicamentos eran denominados
bul-
tu
y estaban compuestos por varios ingredientes, mayoritariamente vegetales,
a los que denominaban con nombres fantasiosos.
En el antiguo Egipto, conocemos su farmacia gracias a los papiros. Se han
estudiado papiros médicos en los que se describen nombres fantásticos que
han resultado ser sinónimos de productos naturales. No es hasta la Europa del
bajo medievo cuando las profesiones médica y farmacéutica se separan. Y es
aquí, en el proceso de separación, cuando ya se empiezan a presentar al farma-
céutico, documentos con la medicación pautada por el médico tras la conocida
como “Carta Magna de la Farmacia”, promulgada por
Federico II, Rey de las
dos Sicilias
en 1248. En España, en 1263, se escribió en el
Código de las siete
partidas
que “habrán pena de homicida” para los boticarios que ocasionaran
una muerte al proporcionar “medicina fuerte” sin el mandato de los físicos.
Lentamente fue evolucionando la receta hasta que en el siglo XIX se promulgó
la ley de Sanidad de 1855 y las Ordenanzas de farmacia de 1860. En numerosas
ocasiones dichas recetas se convertían en los únicos justificantes para hacer
efectivo el cobro del importe de las mismas. Pero no fue hasta 1977 cuando
esta precaución recaudatoria se convirtió en obligación de conservación del
documento como instrumento probatorio que acredita dicho acto profesional.
A partir de aquí, se han producido modificaciones legislativas hasta llegar al
Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes
de dispensación, que regula perfectamente todo lo relacionado con la receta.
Esta breve reseña histórica sacada del homenaje al profesor
Dr. José Luis Val-
verde
, nos da una idea de que a lo largo de la historia, ya sea en materiales
como piedra, madera, papiro, papel o más recientemente en soporte informáti-
co, la receta ha sido siempre una constante en el mundo sanitario. Ningún ins-
trumento, ninguna herramienta habría perdurado a lo largo de los siglos si no
se hubiera demostrado su importancia y su necesidad. La receta ha sido, es y
será un instrumento de unión, de comunicación y de seguridad entre las profe-
siones sanitarias. Un instrumento que no solo incumbe a la profesión sanitaria,
es vital para el paciente y para la administración sanitaria en su faceta regu-
ladora y en su faceta pagadora. La receta es un instrumento fundamental de
salvaguarda de la salud del paciente y es por eso que ninguno de nosotros debe
cometer el error de banalizarla. Es misión de las profesiones sanitarias cono-
cer la legislación acerca de la receta médica y es obligación de los prescripto-
res (médicos, odontólogos, podólogos y veterinarios) utilizar la receta cuando
el tratamiento y el medicamento lo requieran. Es obligación de las farmacias
exigir la presentación de la receta en aquellos medicamentos que la requieren.
El paciente debe exigir la receta a su médico y presentarla al farmacéutico. Y
por último, la administración sanitaria debería exigir a todos y cada uno de los
profesionales sanitarios que estamos alrededor de la receta el cumplimiento de
la legislación vigente.
Poner a la receta en el lugar que sanitaria y legalmente le corresponde es tarea
de todos. Es tarea de las instituciones colegiales, de las asociaciones de pacien-
tes, de las administraciones sanitarias y de todos y cada uno de los profesio-
nales sanitarios en su trabajo diario. Solo de esta forma lograremos impulsar y
revitalizar una herramienta que tiene valor jurídico, vital para nuestro quehacer
diario, sustentado no solo por el pilar de la propia legislación sino también en
la historia de la profesión cuyo principal objetivo es la seguridad del tratamiento
prescrito al paciente.




