BIFAR 138 entero (20 M)
[32] Planes de pensiones de empleo l desarrollo de los planes de pen- siones de empleo en España es escaso en relación con otros países europeos (sólo 1 de cada 6 trabajadores lo tiene). Sin embargo, el Plan de Pensiones es uno de los beneficios sociales más valorados que representa el compromiso de la empresa no sólo con el presente sino también con el futuro de sus empleados, lo que favorece la fidelización, captación y retención del talento y motiva- ción de la plantilla. Este incentivo al empleado como comple- mento a la jubilación ha sido tradicional- mente más utilizado en las grandes em- presas, en concreto está más extendido en los sectores financiero, químico, far- macéutico, empresas energéticas y tam- bién es común en las administraciones públicas. No obstante, cada vez son más las pequeñas empresas y empresarios in- dividuales con trabajadores a cargo que, apuestan por esta fórmula para incentivar a sus empleados. En Ibercaja facilitamos y ayudamos a las empresas en la constitución de planes de empleo a través del modelo de promoción conjunta, cuyos trámites de adhesión y funcionamiento son más sencillos y es la solución idónea para aquellas empresas de menor tamaño o para las que ponen en marcha su plan de pensiones hasta que el patrimonio sea lo suficientemente relevante para disponer de un plan inde- pendiente que resulte eficiente. En promoción conjunta, varias empresas se unen para promover un plan de pen- siones. Así, estas comparten reglas de funcionamiento, política de inversión, costes, además de tener un órgano de control común, “la comisión de control del Plan”, de la que forman parte algunos re- presentantes de estas empresas. De este modo, la administración es más sencilla, el gobierno más eficiente y, al tener mayor patrimonio, se soportan menores costes (por economías de escala) y se tiene mayor capacidad de diversificación de las inversiones y el acceso a determinados mercados, lo cual incrementa la eficiencia del binomio rentabilidad-riesgo. La mayor ventaja de esta fórmula es que cada empresa mantiene su independencia en cuanto a decidir las condiciones de acceso al plan de los trabajadores y los criterios de aportación, pudiendo perso- nalizarlos como desee, diferenciando las cuantías de aportación por categorías la- borales o puestos, en función de objetivos, como un porcentaje del salario, o incluso estableciendo un sistema de aportaciones compartido en el que la aportación de la empresa se vincula a que el empleado realice también aportaciones al plan por su parte. El límite máximo de aportaciones de la empresa al Plan es de 10.000 euros anuales por partícipe en 2021, frente a los 2.000 euros anuales que puede aportar una persona a título particular. Para la empresa, la aportación al Plan es un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades y para el trabajador tiene un efecto fiscal neutro (se considera rendi- miento del trabajo, pero a la vez da de- recho a aplicar la reducción de la base imponible general). En el caso del empre- sario individual que promueva un plan de empleo para sus trabajadores, y en el que también él puede ser partícipe, tanto la aportación que realice al plan de los tra- bajadores, como la aportación que haga a su propio plan, tendrán la consideración de aportaciones de empresa y por tanto serán gasto deducible en su IRPF. En Ibercaja contamos actualmente con dos productos de promoción conjunta, ambos con un funcionamiento similar, pero con diferente política de inversión para que cada empresa pueda escoger en función de sus necesidades y expec- tativas. • El Plan Ibercaja Pymes 45 que cuenta con más de 60 empresas adheridas y que es un plan mixto de renta fija con una in- versión en renta variable en torno a un 30% del patrimonio del Plan, aunque es flexible y puede variar entre el 15% y el 45% en función de las condiciones de mercado. • El Plan Ibercaja Pymes Renta fija, en el que ya hay más de 90 empresas y es una alternativa más conservadora, ya que in- vierte el 90% del patrimonio en renta fija, con un pequeño componente de renta va- riable en torno al 10%. En cuanto a los autónomos a los que la normativa actual no permite adherirse como partícipes de un plan de empleo (socios que cotizan en el Régimen de Autónomos, empresarios individuales sin trabajadores a cargo…), son los planes de pensiones individuales los que les ofrecen la posibilidad de construir un ahorro para complementar los ingresos de su futura jubilación. Ahorrar para la jubilación, si bien es nece- sario para todas las personas, cobra aún mayor relevancia en el caso de este colec- tivo, ya que por su sistema de cotización suelen perciben pensiones de jubilación más reducidas. n Carolina Mateo, Responsable de Desarrollo de Negocio de Ibercaja Pensión. El Plan de Pensiones es uno de los beneficios sociales más valorados que representa el compromiso de la empresa no sólo con el presente sino también con el futuro de sus empleados Servicios Colegiales
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