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30 Bifar ervicios Colegiales S l pasado 4 de abril arrancó la cam- paña Renta 2017. Como novedad, este año, la Agencia Tributaria ha lanzado una nueva app para móvi- les (disponible tanto para Android co- mo iOS) para que se puedan conocer los da- tos fiscales y solicitar el nº de referencia para gestionar la declaración de la Renta 2017. Di- cha aplicación permite consultar el borrador que confecciona la Administración y consul- tarlo, pero no se puede modificar para corregir o añadir datos. Para esto último, se redirige a la plataforma online Renta Web, la cual, recor- demos, que también se accede desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria y facilita una propuesta de declaración, como era el borrador, pero más sencillo y ampliado a to- dos los contribuyentes. Plan “Le llamamos” La otra novedad estrella de este año es el Plan “Le llamamos”. Con él, se puede solicitar cita, vía internet o teléfono, para ser asistido tele- fónicamente por un funcionario que te ayuda- rá a elaborar y presentar tu declaración en el mismo momento. Para realizar la declaración este año, desde Ibercaja les recordamos los principales as- pectos a tener en cuenta, que a continuación presentamos de forma resumida: 1. Cuotas satisfechas a colegios profe- sionales Cuando la colegiación tiene carácter obliga- torio para el desempeño del trabajo, como es el caso de los farmacéuticos, las cuotas pa- gadas al Colegio tendrán la consideración de gasto deducible del rendimiento del trabajo, hasta el límite de 500 euros anuales. 2. Primas satisfechas a seguros de salud: Se considera un gasto deducible, hasta 500 euros siempre que la póliza esté a nombre del titular de la farmacia, y se puede añadir otros 500 euros por cada una de las pólizas del cónyuge y descendientes menores de 25 años (1.500 euros en caso de discapacidad). 3. Inicio de la actividad de farmacia: Se tendrá derecho a una reducción del 20% del rendimiento neto positivo el primer año que el resultado fue positivo y el ejercicio siguiente, siempre que se haya iniciado una actividad económica a partir del 1 de enero de 2013 con arreglo al método de estimación directa, y que no se haya ejercido ninguna otra actividad en el año anterior a la fecha de inicio de la nueva. 4. Sistema de integración y compensa- ción de la base imponible del ahorro Recuerde que si el saldo de la suma de to- dos los rendimientos de capital mobiliario es negativo se podrá compensar con el saldo positivo de la suma de todas las ganancias y pérdidas patrimoniales por transmisión de elementos patrimoniales, y viceversa, con el límite del 20% del saldo positivo. 5. Tributación de las plusvalías por venta de Fondos de Inversión o de Valores Todas las plusvalías o minusvalías por trans- misión de elementos patrimoniales se integra- rán en la base del ahorro, independientemente del periodo de generación de esas ganancias patrimoniales. Desde el IRPF 2015 se eliminó la distinción por las plusvalías generadas en menos de 365 días, que tributaban al tipo mar- ginal del contribuyente y pasarán a hacerlo al tipo general del ahorro. 6. Transmisión de bienes adquiridos an- tes de 1995 Si en 2017 ha transmitido algún bien o de- recho adquirido antes de 1995, puede redu- cir las ganancias obtenidas en su transmisión con los llamados coeficientes de abatimiento, pero el límite para ello se establece en 400.000 euros de la suma de los valores de transmi- sión de los bienes con esa antigüedad, y esto por cada contribuyente a partir de 1 de enero de 2015, por lo que le conviene repasar si en el IRPF 2015 y 2016 ya aplicó dichos coefi- cientes para ver si aplica dicho límite en 2017. 7. Repase las pérdidas pendientes de compensación de los 4 años anteriores. Interesa repasar el modelo 100 del IRPF de los años anteriores, para comprobar si tiene saldo negativo derivado de la compensación de ga- nancias y pérdidas patrimoniales que no haya podido compensar en los 4 años anteriores. 8. Entrega de derechos de suscripción preferente de sociedad cotizada Si posee acciones de una entidad cotizada y ha vendido los derechos de suscripción pre- ferente, en 2016 no tributaban por el importe obtenido, reduciéndose el valor de adquisición de las acciones. En cambio, a partir de 2017 la venta de estos derechos de suscripción de- rivados de valores admitidos a negociación tri- DECLARACIÓN DE LA RENTA 2017 Novedades y RECOMENDACIONES Como novedad, este año, la Agencia Tributaria ha lanzado una nueva app para móviles para que se puedan conocer los datos fiscales y solicitar el nº de referencia para gestionar la declaración de la Renta
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