Información sobre nuevas fuentes de ingresos A partir de abril de 2025, la Agencia Tributaria incluirá nuevas fuentes de ingresos en la declaración del IRPF. Esta medida abarca multitud de operaciones como las ventas de segunda mano, el arrendamiento de medios de transporte o el uso de bienes inmuebles realizados a través de plataformas digitales como Wallapop, Vinted o Airbnb. Este cambio permitirá controlar mejor si los profesionales y particulares declaran correctamente sus ingresos. Mutualistas jubilados: Nuevo formulario para devolución de Irpf Las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos que resulten de la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF se podrán solicitar año a año, a partir de 2025, mediante la presentación de los correspondientes formularios de solicitud de devolución que se pongan a disposición de los mutualistas en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria durante el plazo voluntario de presentación de la declaración del IRPF con el siguiente calendario: • D el 2 de abril al 30 de junio de 2025, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y al de los anteriores no prescritos. • E n 2026, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2020. • E n 2027, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2021. • E n 2028, se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2022. En este sentido, las devoluciones solicitadas a través del anterior formulario habilitado por la AEAT en marzo de 2024 que estuvieran en curso y cuya devolución no se hubiera acordado, quedaran sin efecto (sin perjuicio de los efectos interruptivos de la prescripción que se hayan podido producir). Novedades en la corrección de errores El nuevo modelo de declaración presenta, como novedad, las casillas correspondientes al nuevo sistema de autoliquidación rectificativa, que permitirá a los contribuyentes corregir errores en la declaración al momento. Mediante la presentación de esta autoliquidación rectificativa, se podrá rectificar, completar o modificar la declaración presentada anteriormente con independencia del resultado de la misma (tanto errores en favor de Hacienda como errores en favor del autónomo), y sin necesidad de esperar, en el caso de solicitud de rectificación, una resolución administrativa. Así que ahora el modelo incorpora nuevas casillas: Aparece la nueva casilla 103 para indicar que la autoliquidación es rectificativa de otra anterior, con independencia del sentido de la modificación. Asimismo, nos vamos a encontrar con la nueva casilla 122 para indicar si la autoliquidación rectificativa está motivada por una discrepancia de criterio administrativo, en cuyo caso también se habilita la nueva casilla 669 para reflejar el ajuste a realizar por este motivo. Finalmente, se incluye la nueva casilla 701 en el documento de ingreso o devolución para que, en los casos de solicitudes de devolución, se diferencie las que corresponden a una solicitud de ingresos indebidos de aquellas que derivan de la aplicación de la normativa del impuesto. Nuevo servicio de presentación electrónica: Este año se ofrecerá un nuevo servicio a aquellos contribuyentes que no tengan que realizar cambios respecto del borrador que se les ofrece, de forma que puedan presentar su declaración con una navegación mucho más sencilla. ■ 33 BIFAR
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