En las compras de medicamentos realizadas desde el 1 de enero de 2015 cambiarán los limites máximos de aportación mensual:
a) Renta inferior a 18.000 euros: límite máximo de aportación mensual 8,23 euros.
b) Renta igual o superior a 18.000 euros e inferior a 100.000: límite máximo de aportación mensual 18,52 euros.
c) Renta superior a 100.000 euros: límite máximo de aportación mensual 61,75 euros.
También se ha actualizado la aportación máxima para los medicamentos pertenecientes a los grupos ATC de aportación reducida, que se ha fijado en 4,24 euros
Dicha aportación máxima se aplicará igualmente a los productos sanitarios incluidos en la prestación farmacéutica pertenecientes a los grupos de aportación reducida.
Asimismo, se aplicará a la participación en el pago a satisfacer por los enfermos de SIDA, de los medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud dispensados a través de receta oficial.
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